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Estructura

Órganos de Gobierno

Presidenta:

Será elegida por la Asamblea General cada cuatro años, pudiendo ser reelegida, en sucesivos períodos de idéntica duración.
Sus facultades son, entre otras:

  • Representar a la Asociación y realizar en su nombre toda clase de actuaciones jurídicas o extrajudiciales.
  • Convocar sesiones de los órganos de gobierno, presidirlas y dirigir sus debates.
  • Cumplir y hacer cumplir los estatutos y la reglamentación de régimen interno, así como los acuerdos adoptados por los órganos de gobierno.

Comité Ejecutivo:

Órgano colegiado de actuación en el gobierno, gestión, administración y dirección de la Asociación.

Está actualmente compuesto por:

  • La Presidenta en Funciones: Dña. Vanesa García Pérez
  • Las Vicepresidentas: Dña. Patricia Pérez Soler y Piedad Sánchez Vargas
  • La Secretaria General: Dña. Rosario Pallarés Rodríguez
  • La Tesorera: Dña. Rafaela García Nieto

El comité ejecutivo se reúne una vez cada dos meses por decisión de la presidenta.

Asamblea General:

Es el órgano soberano de gobierno y decisión de la Asociación, tomará sus decisiones mediante sufragio libre y secreto.

Es de su exclusiva competencia, reformar los Estatutos, aprobar los programas y planes de actuación de la Asociación y elegir a la Presidenta, Vicepresidentas y Tesorera de la Organización.

La Asamblea General se reúne al menos una vez al año y conoce la gestión de los demás órganos de gobierno.

Junta Directiva:

Órgano encargado de la dirección, gobierno y administración de la Asociación.

La Junta Directiva dirige las actividades de la AGME, propone los programas de actuación y presenta a la Asamblea General los presupuestos, balances y cuentas para su aprobación, entre otras atribuciones.

Está integrada por:

  • Presidenta
  • Vicepresidentas
  • Tesorera
  • Vocales elegidas por la Asamblea General

Secretaria General:

Corresponde a la secretaria general de la AGME velar por la legalidad de los acuerdos de los órganos de gobierno, dar fe de lo actuado en la Asociación y asesorarla en los casos en los que se requiera.

Corresponde, además: autorizar las actas de la Asamblea General, tener bajo su responsabilidad el archivo, documentos y libros de la Asociación, así como el libro registro de las asociadas.

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